Luis Lopez Guerra

Secretario de Estado de Justicia

16 de Febrero del 2006

El Excmo. Sr. D. Luís López Guerra, Secretario de Estado de Justicia, nos hizo el honor de estar con nosotros el pasado 16 de febrero para hablarnos de la organización del poder judicial en nuestro país a través de sus instituciones, así como la inevitable relación que existe entre la política y la justicia.

La ponencia comenzó con un breve recordatorio de la situación de la justicia en España donde se vienen presentando cada año unos 8 millones de casos, de los cuales los tribunales dictan 2 millones de sentencias. Desde 1970, este número de casos se ha multiplicado por cuatro. Esta subida también supone un incremento de la demanda de justicia en prestaciones del estado. Por lo cual, es imprescindible que el sistema judicial este bien estructurado para facilitar y agilizar su funcionamiento.

También es necesaria una política para gestionar y elegir el sistema de justicia. Son numerosas las decisiones que deben tomarse en cuanto a la “política” de la justicia como por ejemplo el presupuesto que le es destinado a nivel nacional y en cada Comunidad autónoma. En España, el poder organizativo lo tiene el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Este Consejo es un órgano de gobierno autónomo del Poder Judicial, (artículo 122 de la Constitución española) con competencia en todo el territorio nacional. Es, por tanto, el órgano de gobierno de todos los Juzgados y Tribunales que integran el Poder Judicial y, con subordinación a él, ejercen sus funciones las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, así como los demás órganos jurisdiccionales con atribuciones gubernativas. El cometido principal del CGPJ es velar por la garantía de la independencia de los Jueces y Magistrados en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales. Sobre este último punto, conviene resaltar que el CGPJ es un órgano de gobierno de los jueces pero no de autogobierno.

Una de las preocupaciones que manifestó el ponente es la importancia que tiene para él que los ciudadanos confíen en la justicia y que la perciban como justa. Aunque también es cierto, que existe un gran desconocimiento del sistema judicial. En una encuesta realizada el pasado año, el 78% de los españoles no sabían lo que representaba el CGPJ, pero en general si se sentían satisfechos por la justicia, y pensaban que es buena. En España, existe la separación de poderes clásica, por un lado, tenemos el poder judicial que son los jueces elegidos por oposiciones en el Ministerio de Justicia, por otro el poder legislativo y finalmente el poder ejecutivo. El ejecutivo en cuanto al sistema de justicia se refiere, se encarga de gestionar todo el personal menos los jueces así como los edificios, informática… Es de puntualizar que la administración de justicia es exclusiva al Estado. Los jueces son competencia del Estado, el resto puede ser asumido si lo desean por las distintas comunidades autónomas. Como ejemplo es interesante destacar que de las diecisiete comunidades autónomas españolas, solo ocho han asumido esa competencia.

Para terminar, el ponente insistió sobre la actuación política en la justicia que es a la vez inevitable y necesaria para una buena organización global.

La ponencia dejo tiempo para un largo debate en el que se trataron los siguientes temas:

Relación Política y Justicia. Es evidente que los jueces tienen que ser independientes y tampoco se pueden sentir amenazados. Por eso, en la Constitución se prohíbe a los jueces pertenecer a un partido político, pero por otro lado sí se les permite adherir a asociaciones profesionales. No obstante, de alguna forma, los jueces pueden verse influidos por la vida política y la opinión publica puede entonces sentir que sus decisiones a veces no son imparciales. De esta manera, se plantean unas preguntas: ¿Quién exige al juez?, ¿Quién le pide responsabilidades al juez? La sentencia de un juez puede ser revocada por el poder judicial, pero es difícil de resolver en la practica aunque jurídicamente este previsto.

Jurado, condenas y arrepentimiento. Sobre el primer tema, el ponente nos aseguró que la justicia funciona de igual manera con o sin jurado. En cuanto a las penas, no esta demostrado que el aumento de estas disminuya los delitos. Según la Constitución española las penas tienen una función de reinserción del condenado. En España no existe la condena a perpetuidad. En el caso de que varios delitos se acumulen y sumen por ejemplo 400 años de condena, al final la máxima pena aplicable será de 30 años. Antes de la reforma del Código Penal de 1995, la pena máxima era de 40 años pero desde el año 2003 esta pena se ha reducido a 30 años, que se convierte con frecuencia en 20 años por buena conducta. También se plantea la pregunta de si es bueno liberar a un individuo que ha cumplido su pena pero que no se ha arrepentido. El ponente se atiene a la ley, es decir si ha cumplido su pena será liberado. Luís López Guerra insiste en que muchas veces las cárceles se convierten en una “fabrica de delincuentes” y no se pueden reinsertar si no salen.

Politización del CSPJ. División de Poderes.Cese de Fungairiño como fiscal jefe de la Audiencia Nacional. El ponente insistió en el hecho de que un juez debe de ser independiente y que nada, ni nadie le debe de influir, estos son seleccionados por un sistema de oposición en el que han de estudiar más de 400 temas. El Consejo lleva a cabo una selección para el nombramiento de cargos y lo hace, evidentemente, con un criterio “político”. En cuanto al cese del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, nos comenta el ponente que es absolutamente normal que se vayan cambiando los cargos, se ha hecho siempre y se seguirá haciendo. El fiscal jefe, está vinculado al gobierno pero a su vez debe de ser autónomo. Para terminar, el ponente nos informa que se esta estudiando un ley para que el cargo del fiscal sea para un periodo mínimo determinado.

Juliana Huerta Martínez