Secretario General en España del Pacto Mundial, ONU
Desde hace algún tiempo viene siendo cada vez más usual escuchar en los medios de comunicación el término “Responsabilidad Social Corporativa” (RSC), entendido como una nueva tendencia en las empresas, según la cual se añade al objetivo económico de las mismas, una vocación de promoción y mejora de la condiciones del entorno social en que las compañías desempeñan sus actividades.
Del mismo modo, importante está siendo también el debate acerca de las motivaciones de este tipo de acciones por parte de las empresas. Muchos sostienen que estos nuevos aires no son más que actividades propagandísticas con la finalidad de mejorar la imagen de la empresa en los mercados (no en vano la actividad de comunicación ha sido la que mayor auge está teniendo en los principios de este nuevo siglo) (Ver resumen ponencia de D. Pascual Montañes para más información), pero lo cierto es que el efecto de tales acciones es palpable, y tal vez se deba observar esta cuestión desde un punto de vista práctico, enfocándose en las consecuencias positivas de estos comportamientos más que en la causa de los mismos.
Uno de los principales instrumentos que fomentan este nuevo fenómeno, es el Pacto Mundial de la ONU, cuyo Secretario General en España es nuestro ponente, una iniciativa de compromiso ético destinada a que las empresas de todos los países acojan como una parte integral de su estrategia y de sus operaciones diez principios de conducta y acción en 4 materias principales: Derechos Humanos, Trabajo, Medio Ambiente y Lucha contra la Corrupción.
Su finalidad es promover la creación de una ciudadanía corporativa global, que permita la conciliación de los intereses y procesos de la actividad empresarial con los valores y demandas de la sociedad civil, así como con los proyectos de la ONU, Organizaciones Internacionales sectoriales, sindicatos y ONGs.
La idea del Pacto Mundial de las Naciones Unidas fue lanzada por Kofi Annan (Davos, 31 de Enero de 1999) como una llamada de apoyo a las empresas para que sincronizaran su actividad con los principios y objetivos de la acción política e institucional de las Naciones Unidas, de las organizaciones laborales y la propia sociedad civil.
El Pacto es un instrumento de libre adscripción por parte de las empresas y organizaciones laborales y civiles, que descansa en su compromiso de implantación de los diez actuales principios del Pacto en su estrategia y en sus operaciones. En este sentido, el pacto no es ni un instrumento regulador que plantea normas legales de conducta para todas las empresas, ni un instrumento que concede una certificación a las empresas que cumplen con determinados requisitos. La empresa que se adhieren al Pacto asume el compromiso de ir implantando los principios del Pacto en sus actividades diarias. Asimismo, adquiere el compromiso de ir dando cuenta a la sociedad, con publicidad y transparencia, de los progresos que realiza en ese proceso.
El Pacto funciona como una red integrada de trabajo en el que confluyen las empresas, las ONGs globales y las uniones sindicales internacionales, todas bajo el auspicio de la ONU, con la finalidad de promover sus objetivos mediante:
a) Iniciativas conjuntas para la promoción de buenas prácticas empresariales.
b) Creación de foros de diálogo y redes de colaboración entre el mercado y la sociedad en las materias objeto del pacto.
c) Un foro activo de educación y aprendizaje para promover estos valores entre la comunidad educativa así como estudios de casos e iniciativas piloto de implementación de los principios.
d) La creación de redes y plataformas locales y nacionales que permita el aprendizaje mutuo entre empresas, y dar respuesta a las necesidades e intereses específicos de cada comunidad empresarial en su progreso hacia la implantación de los nueve principios.
Son muchos los ejemplos de estas colaboraciones tratados en la ponencia, del que podemos proponer como muestra la colaboración entre una empresa petrolera adscrita al Pacto con las tribus nativas brasileñas por cuyas tierras pasa uno de sus oleoductos, en virtud del cual los primeros evitan riesgos de sabotaje a cambio de un compromiso real con el mantenimiento del ecosistema y una ayuda al desarrollo económico de la región.
Por otro lado, a lo largo de la ponencia se dio especial importancia tanto al hecho de que no exista seguimiento alguno del cumplimiento del Pacto por parte de los firmantes, como a la circunstancia de que los efectos positivos de la adscripción, sin obligación de rendir cuentas, pudiera dejar la colaboración en una fútil declaración de intenciones sin trascendencia práctica. En opinión del ponente, el Pacto, siendo ambicioso, es en última instancia una plataforma de entendimiento y conversación entre la empresa y la sociedad civil, y es ésta última la que, como mercado, debe de exigir paulatinamente el cumplimiento de una serie de estándares éticos en la actuación de las empresas. Esta idea, aunque pudiera parecer utópica, en realidad no lo es tanto, bastando para ello recordar éxitos empresariales como el de Body Shop, o castigos ejemplares a las empresas que incumplen principios universales como la protección de la infancia y la equidad en las relaciones comerciales como el impuesto hace pocos años a una conocida empresa de calzado deportivo.
Concluir el presente resumen recalcando el creciente protagonismo de la sociedad civil en el mundo occidental actual, que a través de sus diferentes agrupaciones asegura en todo caso una mayor información, participación y reparto equitativo de poder en las sociedades del nuevo siglo, frente a los tradicionales pilares político y empresarial.