Es importante que la sociedad civil se movilice con debates inteligentes y protestas pacíficas que reclamen cambios porque, todo parece indicar que la clase política no está en disposición de impulsar la necesaria regeneración democrática.
El movimiento 15M ha puesto de manifiesto la enorme magnitud de la indignación ciudadana dirigida contra la clase política y, especialmente, contra el Gobierno. Sin embargo, tal y como era de esperar, no deja de ser decepcionante que la ocupación durante semanas de plazas públicas, los trastornos a los comerciantes y la estética antisistema, no hayan deparado propuestas serias y estudiadas.
Desde luego, no se trata de lanzar consignas minoritarias y propias de la izquierda radical y de la extrema derecha, porque la crisis económica, financiera e institucional de España no se arreglará con más Estado, ni con más impuestos, ni con más intervencionismo, ni con expropiaciones. Los mensajes deben ser coherentes con el desarrollo socioeconómico de los países desarrollados y con el arraigo de un orden extenso, complejo y abierto de cooperación social que es lo que distingue a una sociedad civilizada.
Los ciudadanos son perfectamente conscientes de la existencia de carencias institucionales en España, que no son ni de izquierdas ni de derechas, y que requieren un pacto de Estado que regenere el sistema democrático (Art. 168 CE) con su ratificación mayoritaria en un nuevo referéndum (Art. 92 CE).
Con el objetivo de alimentar el debate intelectual, permita el lector que reclamemos la presencia de la sociedad civil y la búsqueda del consenso por los partidos mayoritarios sobre las reformas en la estructura institucional de España.
Así, por ejemplo, comencemos sugiriendo a los ciudadanos “indignados” un planteamiento inicial para dotar de independencia al poder judicial de España. Antes de lanzar la propuesta, conviene que sepan algo poco conocido pero interesante del sistema judicial estadounidense. Los ciudadanos eligen en la mayoría de los estados federales, tanto los jueces de distrito y condado como los miembros de tribunales superiores de apelación (http://www.judgepedia.org).
Por el contrario, la independencia del poder judicial no está en absoluto garantizada en España porque, tanto el órgano de gobierno de los jueces (Art. 122 CE) como el alto tribunal que sentencia en materia de garantías constitucionales (Art. 159 CE), son ambos elegidos por políticos, cuyas leyes y actos administrativos deben enjuiciar posteriormente.
Pero, ¿podemos solicitar los ciudadanos españoles una reforma constitucional para instaurar la independencia judicial? La respuesta es afirmativa, dado que se realizan elecciones de jueces en los Estados Unidos e, igualmente, los españoles contamos con suficiente criterio para elegir conscientemente las personas más idóneas e independientes. Por ejemplo, seleccionando en circunscripción nacional y con carácter vitalicio los 20 miembros del Consejo General del Poder Judicial y, especialmente, los 12 del Tribunal Constitucional.
La “despolitización” exige el cumplimiento de requisitos formales como que los candidatos sean jueces de carrera, no haya una campaña electoral, exista prohibición expresa de participación de partidos políticos y, tan sólo, sean válidos la publicidad institucional, el análisis mesurado, y el debate en igualdad de condiciones en los medios de comunicación.
Adicionalmente, la “independencia” supone requisitos de calidad institucional como que los jueces no puedan pertenecer a asociaciones con vinculación política, y deban contar con más de 50 años de edad y 15 años de experiencia.
La “elección de jueces” es significativamente mejor que los nombramientos guiados por políticos, porque permite cubrir las vacantes de modo que los ciudadanos deciden quiénes pueden defender con eficacia, tanto los derechos y libertades (Art. 53 CE) como la propia Constitución, lo que permite arraigar el Estado de Derecho y la convivencia pacífica ratificadas el 6 de diciembre de 1978.
Autor: Ángel Fernández